10 Preguntas Frecuentes sobre Pruebas de Hermeticidad en Estaciones de Servicio en Colombia

1. ¿Qué es una prueba de hermeticidad y para qué sirve?

Es una prueba no destructiva que evalúa si los tanques subterráneos y las tuberías de conducción de combustible de una estación de servicio presentan fugas. Se realiza mediante presurización controlada del sistema y monitoreo de la estabilidad de presión durante un período definido. La prueba puede detectar fugas desde 0,1 galones por hora, con una probabilidad de detección del 95 % y un error máximo del 5 %, tal como lo define la propia Resolución 40198.

En términos prácticos, es el mecanismo que le permite al operador de la estación demostrar que su sistema de almacenamiento no está contaminando el suelo ni las aguas subterráneas, y que cumple con el reglamento técnico vigente.

2. ¿Cada cuánto debo hacer la prueba de hermeticidad en mi EDS?

La Resolución 40198 de 2021 del Ministerio de Minas y Energía establece en su numeral 5.6.2, literales m y n, que las pruebas de hermeticidad deben realizarse mínimo una vez cada dos (2) años, tanto para el sistema de almacenamiento (tanques) como para el sistema de conducción (tuberías de impulsión, venteo y llenado remoto).

Esto significa que si la última certificación de su estación tiene más de 24 meses, su EDS está operando fuera de norma.

3. ¿Qué normativa exige las pruebas de hermeticidad en Colombia?

Las pruebas están reguladas por dos marcos normativos principales:

La Resolución No. 40198 del 24 de junio de 2021 del Ministerio de Minas y Energía, que modifica la Resolución No. 40405 de 2020, establece el reglamento técnico aplicable a EDS, plantas de abastecimiento e instalaciones con tanques de almacenamiento. Los numerales 5.6.2 literal m (tanques) y literal n (tuberías) definen la obligatoriedad y periodicidad.

La NFPA 30 — Flammable and Combustible Liquids Code (edición 2024), en sus numerales 21.5.3 (Periodic Testing) y 27.7.3 (Testing during Maintenance), complementa los requisitos técnicos internacionales para la ejecución de estas pruebas.

4. ¿Qué es un OEC acreditado por ONAC y por qué es importante para mi EDS?

Un Organismo de Evaluación de la Conformidad (OEC) acreditado por ONAC es una entidad que ha demostrado competencia técnica, independencia e imparcialidad bajo la norma ISO/IEC 17020:2012. Existen tres tipos de organismos de inspección (A, B y C), siendo el tipo A el que ofrece la mayor garantía de independencia, ya que no tiene ninguna relación comercial con el objeto inspeccionado.

Solo un OEC acreditado puede emitir certificados de hermeticidad con validez oficial ante el Ministerio de Minas y Energía, las autoridades ambientales y las compañías mayoristas de combustibles. Un certificado emitido por una empresa sin acreditación ONAC vigente no tiene validez legal y puede generar sanciones a su estación.

5. ¿Certitancol tiene acreditación vigente?

Sí. Certitancol S.A.S. es un Organismo de Evaluación de la Conformidad tipo A, acreditado por ONAC con código 25-OIN-019, otorgada el 16 de abril de 2026 y con vencimiento el 15 de abril de 2029. Somos el primer OEC acreditado por ONAC con sede en Pereira para pruebas de hermeticidad de tanques y tuberías en estaciones de servicio.

La vigencia de nuestra acreditación es verificable en cualquier momento en el Directorio Oficial de Acreditados (DOA) de ONAC, en onac.org.co.

6. ¿Cuánto dura la prueba y qué necesita tener listo el operador?

La prueba requiere un período de estabilización térmica de mínimo una hora por tanque tras la presurización. En una jornada completa se pueden evaluar entre 4 y 6 tanques con sus respectivas tuberías.

El operador debe garantizar dos condiciones antes de la llegada del equipo inspector: que cada tanque contenga entre el 70 % y el 90 % de su capacidad nominal, y que se facilite acceso seguro a las bocas de inspección, spill containers, cajas de bombas sumergibles y dispensadores. La fecha de ejecución se coordina previamente para minimizar la afectación de la operación de la estación.

7.¿Qué pasa si un tanque sale NO HERMÉTICO?

Si durante la prueba se detecta que un componente no mantiene la presión dentro de los parámetros establecidos, se emite el dictamen de NO HERMÉTICO para ese componente específico. Esto no significa necesariamente que toda la estación quede fuera de operación: el dictamen es individual por tanque y por sistema de conducción. El operador recibe en el informe técnico la identificación precisa del componente que presentó la falla, lo que le permite gestionar la reparación o el reemplazo de forma focalizada. Una vez corregida la falla, se puede programar una nueva prueba únicamente sobre el componente afectado para obtener su certificación.

Resultado de prueba de hermeticidad: flujo de acciones según resultado hermético o no hermético

8.¿La prueba de hermeticidad interrumpe la operación de mi estación?

El impacto operativo es mínimo. La prueba se ejecuta tanque por tanque, lo que permite que los demás tanques de la estación sigan despachando combustible con normalidad mientras se inspecciona uno. La fecha y el horario de ejecución se coordinan previamente con el operador para afectar lo menos posible la actividad comercial de la EDS. En la mayoría de los casos, una estación con 4 a 6 tanques puede completar toda la certificación en una sola jornada sin necesidad de cerrar al público.

9.¿La prueba de hermeticidad es lo mismo que el aforo de tanques?

No, son actividades completamente distintas. La prueba de hermeticidad evalúa la estanqueidad del sistema de almacenamiento y conducción, es decir, verifica que no existan fugas de combustible. El aforo de tanques, en cambio, es la medición volumétrica de la capacidad real de cada tanque y debe realizarse por lo menos cada 5 años según la Resolución 40198 (numeral 5.6.2, literal t). Son dos requisitos independientes del reglamento técnico y una no sustituye a la otra. Muchos operadores los confunden, pero ambos deben estar vigentes para que la estación cumpla con la normativa.

Comparación entre prueba de hermeticidad cada 2 años y aforo de tanques cada 5 años según Resolución 40198

10.¿Mi estación necesita prueba de hermeticidad si los tanques son nuevos?

Sí. La Resolución 40198 aplica tanto a instalaciones nuevas como existentes. Los tanques nuevos deben someterse a prueba de hermeticidad antes de entrar en operación, y a partir de ese momento cada dos años como máximo. El hecho de que un tanque sea nuevo no lo exime del requerimiento, porque la prueba no solo evalúa el tanque en sí, sino también todas las conexiones, tuberías y accesorios que conforman el sistema de almacenamiento y conducción, los cuales pueden presentar defectos de instalación incluso en equipos recién montados.

Artículo publicado por Certitancol S.A.S. — OEC acreditado ONAC 25-OIN-019 — ISO/IEC 17020:2012 www.certitancol.com

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En Certitancol S.A.S. contamos con acreditación ONAC, vigente a la fecha, con código de acreditación 25-OIN-019, bajo la norma ISO/IEC 17020:2012

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